Derechos Humanos en las prisiones
Por: Steph Galeana
“Suele decirse que nadie conoce realmente cómo es una nación hasta haber estado en una de sus cárceles. Una nación no debe juzgarse por como trata a sus ciudadanos con mejor posición, sino por como trata a los que tienen poco o nada.”
– Nelson Mandela
Seguro que en tiempos del COVID-19 es muy fácil recordar que tenemos el derecho a circular libremente por nuestro país, mismo que se pierde cuando una persona se encuentra en prisión. Este derecho ha sido restringido desde tiempos bíblicos cuando una persona es puesta en confinamiento para esperar un castigo, o bien, cuando ya está cumpliendo una sentencia.
Sin embargo, existen derechos que se mantienen, aunque nos encontremos privados de la libertad, puesto que contamos con los derechos humanos, que son aquellos que tenemos TODAS y TODOS por el simple hecho de ser personas humanas. Y es, en la medida que estos son respetados y se encuentren efectivamente garantizados de forma universal, que se puede elevar el nivel de vida en las personas.
Cuando Jeremías fue encarcelado fue puesto en una cisterna -práctica común de las prisiones antiguas- el espacio más oscuro de la prisión y de aislamiento total (Jeremías 38:6-10); la biblia relata que en ese espacio era muy probable la muerte de los prisioneros, es por ello que enviaron por él y fue puesto en el patio de la cárcel. Las condiciones inhumanas de las prisiones siguen siendo una problemática en la actualidad.
Por ello, en las “Reglas Mandela” se establece como primera que “todos los reclusos serán tratados con el respeto que merecen su dignidad y valor intrínsecos en cuanto seres humanos. Ningún recluso será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, contra los cuales se habrá de proteger a todos los reclusos, y no podrá invocarse ninguna circunstancia como justificación en contrario.” (ONU, 2015). Esto solo recalca el hecho de que nuestros derechos son inherentes, y no debemos dejarnos nublar por las circunstancias o decisiones por las cuales nos priven de la libertad.
En la mayoría de las ocasiones cuando oramos repetimos lo que nos han enseñado desde pequeños “acuérdate de los huérfanos, las viudas y los encarcelados”, pero pocas veces nos acordamos nosotros de ellos, pocas veces visitamos las cárceles con nuestros hermanos de congregación. Jesús dijo “estuve desnudo, y me cubristeis; enfermo, y me visitasteis; en la cárcel, y vinisteis a mí;” (Mateo 25:36) Este es sin duda un llamado que sigue siendo latente para nuestras vidas y que podemos cumplir. Ahora más que nunca sabemos cómo se siente estar -aunque sea por poco tiempo- sin poder salir a las calles, y si bien no es lo mismo, podemos sentir la ansiedad y estrés, pero se hace más llevadero cuando puedes hablar con alguien más y ocupar tu mente en otras actividades.
Sigamos el llamado de Jesús y acompañemos los unos a los otros, pronto volveremos a abrazarnos los que estamos en cuarentena, pero no nos olvidemos de quienes permanecen aislados, de quienes han sido torturados y de quienes a veces se nos olvida que siguen siendo personas.
Para conocer tus derechos visita: https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
Para leer un poema como referencia visita: https://poemario.org/hombre-preso-que-mira-hijo/
Bibliografía
BBC News Mundo. (2010, enero 4). Delfines = «personas no humanas». BBC News Mundo. Recuperado de https://www.bbc.com
Derechos Humanos: Recopilación de instrumentos internacionales, Volumen 1 (Primera parte): Instrumentos de carácter universal [publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.02.XIV.4 (Vol. I, Part. 1), secc. J, núm. 34.
Gómez, R. G. (2019, junio 26). Personas no humanas. EL PAÍS. Recuperado de https://elpais.com
Herrera, R. (2014). Cárcel en los Tiempos Bíblicos. La Rioja: Hora 11 Ministries, Inc.
ONU: Asamblea General, Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 Diciembre 1948, 217 A (III), disponible en esta dirección: https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ [Accesado el 17 Abril 2020]
ONU: Asamblea General, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela): Resolución aprobada por la Asamblea General, 8 Enero 2016, A/RES/70/175, disponible en esta dirección: https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Nelson_Mandela_Rules-S-ebook.pdf [Accesado el 17 Abril 2020]